En una conferencia de prensa a la que asistió APF -que estaba prevista en principio para el mediodía de hoy y luego se fue postergando- la Junta Electoral de Agmer anunció esta tarde su decisión: volver a convocar a elecciones en seis departamentos en los que se registraron “varias irregularidades”.
Se trata de Concordia, Islas, La Paz, Nogoyá, Uruguay y Villaguay, donde los docentes deberán concurrir nuevamente a las urnas el 11 de diciembre próximo, para elegir comisión directiva central, comisión directiva departamental y congresales.
La presidenta de la Junta, Beatriz Montaldo, informó también qué lista triunfó en los restantes departamentos en los comicios del 12 de noviembre pasado.
Conducciones Departamentales:
- Colón: Lista Celeste Unidad (obtuvo la mayoría) y la Lista Integración Celeste (alcanzó la minoría).
- Diamante: Lista Integración (mayoría) y Lista Rojo y Negro (minoría).
- Federación: Lista Rojo y Negro (mayoría).
- Federal: Lista Ñandubay (mayoría) y Lista celeste Unidad (minoría).
- Feliciano: Lista Integración (mayoría) y Lista Rojo y Negro (minoría).
- Gualeguay: Lista Celeste Unidad (mayoría) y Lista Rojo y Negro (minoría).
- Gualeguaychú: Lista Celeste (mayoría) y Lista Rojo y Negro (minoría).
- Paraná: Lista Rojo y Negro (mayoría).
- San Salvador: Lista Integración (mayoría).
- Tala: Lista Celeste Integración(mayoría) y Lista Celeste Unidad (minoría).
- Victoria: Lista Blanca (mayoría).
En este marco, Montaldo afirmó que “el escrutinio ha finalizado en 11 departamentos”.
“Al momento del recuento de votos fuimos advirtiendo irregularidades, con la presencia de veedores de la Secretaría de Trabajo, de escribanos y apoderados de todas las listas”, señaló.
Una de las irregularidades más frecuentes fue que “el cierre de las actas tenían hora anticipada al cierre del comicio, establecido para las 20. Según el Código Electoral Nacional, esto es fundamento suficiente para proceder a la anulación de una urna”.
“En estos seis departamentos en los que se detectaron irregularidades se hará una elección complementaria el 11 de diciembre”, explicó a esta Agencia.
• La Resolución de la Junta Electoral:
“Siendo las 16:45 se procede a resolver la situación planteada al producirse la anulación de las urnas Nº 13, 18, 23 y 24 del Departamento Concordia; la Nº 79 y 80 del Departamento Islas; la 89 y 93 del Departamento La Paz; la 97 y 99 del Departamento Nogoyá; la 162, 163 y 169 del Departamento Uruguay; la 180 y 182 del Departamento Villaguay, debido a las irregularidades detectadas en el transcurso del recuento voto a voto y considerando que se debe garantizar que los afiliados en condiciones de sufragar, de las mesas antes mencionadas, puedan emitir su voto, se resuelve la convocatoria a elecciones complementarias en los departamentos en los que se encuentran las mesas cuestionadas, ya que la existencia de padrones únicos departamentales hace imposible convocar a elecciones complementarias sólo en las urnas anuladas”, señala la resolución de la Junta, a la que tuvo acceso APF.
“Asimismo, atendiendo que se afecta a un universo muy amplio con sólo una urna impugnada, se resuelve considerar para este llamado a elecciones complementarias, únicamente en los departamentos que hayan tenido dos o más impugnaciones en sus mesas y, en consecuencia, las mismas hayan sido anuladas”, se explica.
“Por todo ello, la junta Electoral, en función del resultado arrojado luego de las consideraciones hechas sobre las mesas observadas por los apoderados de listas, y habiéndose resuelto sobre las mismas en pleno uso de sus facultades, resuelve:
1º) Convocar a elección complementaria para el día 11 de diciembre del corriente año en los departamentos Concordia, Islas, La Paz, Nogoyá, Uruguay y Villaguay para elegir Comisión Directiva Central, Comisión Directiva Departamental, Congresales y Comisión Directiva Filial donde corresponda, todas en consonancia con la convocatoria del 29 de septiembre próximo pasado”.
2º) Disponer que las listas participantes en los comicios complementarios fijados en el punto precedente, serán las que fueran oficializadas para las elecciones generales oportunamente convocadas.
3º) Establecer que en el plazo de 72 horas a partir del día de la fecha, se emitirá el cronograma electoral correspondiente a los fines de la realización de las elecciones convocadas. (APF.Digital)
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